¿Qué necesito para cobrar un seguro de vida?

Muchas veces llega el momento de cobrar un seguro y te preguntas ¿Qué necesito para cobrar un seguro de vida? hoy te responderemos esa duda. 

Recordemos que la atención de una póliza inicia desde el momento en que se emite  y se designa a  los beneficiarios, dato que debe quedar claro y preciso. Es muy importante  que tú como contratante o asegurado de una póliza  des a conocer  a tus beneficiarios que cuentan con el respaldo de determinado  producto financiero,  les explique qué es un seguro de vida, para qué sirve, así como qué cobertura tienes y cuales son los  beneficios o coberturas y así tengan el conocimiento de la protección con la que cuentan y puedan solicitar la indemnización. 

¿Qué necesito para cobrar un seguro de vida?

Cuando sucede el deceso del titular, lo primero será notificar a la compañía aseguradora para llenar la solicitud de reclamación y poder iniciar con los trámites correspondientes para el cobro. Tienes hasta 5 años para reclamarlo, pero lo más recomendable es que lo hagas cuánto antes. 

Los documentos que necesitas habitualmente son: 

  • Del titular se requiere:

-La póliza original del seguro

-Acta de nacimiento 

-Acta de defunción 

-Identificación oficial 

 

  • Del o de los beneficiarios:

-Acta de nacimiento 

-Identificación oficial

-Comprobante de domicilio 

-En caso de ser cónyuge, acta de matrimonio 

-Si es un seguro de grupo requieren el certificado,  el documento  donde se hizo la designación de beneficiarios.

  • En caso de muerte accidental, también se deberá presentar actuaciones del ministerio público completas. 

Los documentos se envían a la aseguradora para confirmar que todos se encuentren en orden vigente y completos, una vez que la compañía da el visto bueno, se forma el expediente con la documentación.

Dependiendo de la aseguradora o de la suma asegurada  te los pueden solicitar solamente escaneados o  los originales para  proseguir con la solicitud de indemnización. Una vez que la aseguradora realiza la revisión, el dictamen del caso, el expediente y que todo se encuentre en orden, se efectuará el pago de acuerdo a la última voluntad del asegurado al o los beneficiarios designados, ya sea vía transferencia bancaria a la cuenta indicada o bien con algunas aseguradoras se puede solicitar el pago vía cheque. La aseguradora por ley dispone de 30 días para efectuar el pago una vez que la documentación está completa. 

En el siguiente link puedes saber si eres beneficiario de un seguro de vida. 

En Magma Consultores contamos con un equipo de profesionales capacitados para acompañar a los beneficiarios en su reclamación hasta obtener la indemnización. Comunícate con nosotros y obtén toda la información sobre el seguro de vida. 

Start typing and press Enter to search

Shopping Cart