¿Cómo cobrar un seguro de vida?
¿Cómo cobrar un seguro de vida?
1.¿Cómo cobrar un seguro de vida?
2.¿Qué aspectos debo tener en cuenta al cobrar un seguro de vida?
3. ¿Qué documentos requiero para cobrar un seguro de vida?.
El seguro de vida es un acto de amor hacia nuestros seres queridos, con el que buscamos protegerlos y hacernos presentes el día que faltemos. Hoy te explicamos cómo cobrar un seguro de vida.
¿Cómo cobrar un seguro de vida?
Lo primero es que estés nombrado como beneficiario en la póliza.
Si te interesa esta información puedes consultar también: ¿Que necesito para cobrar un seguro de vida?
1. Prescripción: Para cobrar un seguro de vida, debes saber que según el Articulo 81 de la ley del Contrato de Seguro, todo contrato de seguro de Vida prescribe después de 5 años por lo que debe ser cobrado antes de ese plazo. Cuando hay beneficiarios que son quienes van a cobrarlo dice también el mismo artículo que deben tener conocimiento de ese derecho constituído a su favor, por lo que el plazo para cobrarlo son 5 años a partir de que se tiene conocimiento.
2. Disputabilidad: Una póliza o seguro de vida puede ser anulada si la Aseguradora prueba que el motivo de fallecimiento fue:
- Suicidio
- Si el motivo del fallecimiento es una enfermedad preexistente a la contratación de la póliza.
- Si no se declaró la práctica de algún deporte peligroso o algún riesgo por su tipo de trabajo
- Si el fallecimiento ocurre en una actividad ilegal o derivada de los efectos de la droga o el alcohol
- Que el fallecimiento fue ocasionado por alguno de los beneficiarios.
3. Implicaciones fiscales: Si eres familiar directo del fallecido: cónyuge o concubino, padre, madre o hijo, no tendrás que pagar impuestos. En caso de no ser pariente el el SAT te puede retener un % de la suma asegurada, de la Ley Sobre el Impuesto de la Renta.
Documentos que debo tener para hacer efectiva la póliza.
Como beneficiario de la póliza se te solicitarán al menos los siguientes documentos para hacer el cobro:
- Certificado y acta de fallecimiento.
- Póliza del seguro.
- Identificación oficial.
- Acta de matrimonio si eres el cónyuge.
- Actas de nacimiento.
- Certificado del seguro si es una póliza de prestación.
Puede que parezca que el proceso es difícil, pero si contamos con toda la documentación solicitada es bastante ágil. De hecho por ley, las aseguradoras tienen un plazo máximo de 30 días después de recibir los documentos completos para hacer el pago de la póliza a los beneficiarios, de otro modo están obligadas a pagar intereses.
Si quieres mayor información ¡Contacta con nosotros hoy mismo!